El interventor es la persona o el equipo que comprueba, en nombre del contratante, que el servicio de alumbrado público se presta como se contrató. No opera ni repara: mira, registra, exige y reporta. Sus obligaciones están en el artículo 4.6.2 del RETILAP (Resolución MME 40150 de 2024, modificada por la Resolución MME 40286 de 2026 · Libro 4, Título 6, Artículo 4.6.2).
Hace inspecciones en jornadas de día y de noche que cubran el 100 % del área del municipio, cada mes (numeral 3).
Cada deficiencia se informa al operador junto con el lugar donde está (numeral 4).
Entrega informes mensuales sobre la ejecución, con gráficas, cuadros, estadísticas y fotografías (numeral 19).
Prepara un informe semestral para la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la contraloría municipal o departamental (numeral 27).
Son cuatro de los 27 puntos del artículo. Los demás cubren, entre otros, el seguimiento a quejas, la calidad de la base de datos, las expansiones, la verificación de obras y los costos. El marco completo está en Normatividad.
El interventor no cambia luminarias ni administra el sistema: eso lo hace el operador. Tampoco decide por su cuenta qué es cumplimiento técnico ni expide certificados: levanta la evidencia y la presenta. Esa separación es lo que le da valor: quien vigila no es quien ejecuta.
| Entregable | Qué contiene |
|---|---|
| Registro de recorridos | Qué sectores se visitaron, cuándo y por quién. |
| Hallazgos con evidencia | Fotos con fecha, hora y ubicación; luminaria; gravedad; estado. |
| Seguimiento a lo reportado | Qué respondió el operador, en cuánto tiempo y si la reparación se comprobó en campo. |
| Informe mensual | Resultados del mes, indicadores y requerimientos al operador. |
| Informe semestral | El que reciben la Superintendencia y la contraloría. |
Nota: la estructura exacta la fija su contrato de interventoría.
Administra, opera y mantiene el sistema. Es a quien se le reporta y de quien se verifica el trabajo.
Quien contrata la interventoría y recibe sus informes. Suele ser el municipio o quien este designe.
Quienes reportan fallas. Que sus quejas se atiendan a tiempo también se vigila.
Siga leyendo: Cómo hacer la interventoría paso a paso · Guía: vigilar al operador AOM y armar el informe · Plazos de atención de fallas · Cómo medir la cobertura del inventario.
Esta guía no sustituye su contrato ni la asesoría jurídica. Geolapp 462 no evalúa cumplimiento técnico ni emite certificados: produce la evidencia que usted presenta.